Si tienes plantilla contratada en España, hay un seguro que no es opcional aunque muchos empresarios se enteran tarde: el seguro de convenio. No lo pide Hacienda ni la Seguridad Social, lo impone el convenio colectivo sectorial que aplica a tu actividad. Y si no lo tienes contratado, respondes tú con el patrimonio de la empresa cuando ocurre un siniestro. Vamos por partes.
Qué es exactamente el seguro de convenio y por qué es obligatorio
El seguro de convenio —también llamado seguro de accidentes de convenio colectivo— es una póliza que cubre a los trabajadores por cuenta ajena frente a fallecimiento e invalidez derivados de accidente laboral, con unos capitales mínimos fijados en el convenio colectivo aplicable a la empresa. No lo regula la Ley General de la Seguridad Social. Lo impone la negociación colectiva sectorial, y su incumplimiento genera responsabilidad civil directa del empresario ante el trabajador o sus herederos.
Dicho claro: si tu convenio marca 30.000 € por fallecimiento en accidente laboral y no tienes póliza contratada, esos 30.000 € los pagas tú de tu bolsillo cuando ocurra el siniestro. Y ocurren.
Diferencia con el seguro de accidentes voluntario y con el convenio colectivo de empresa
Ojo con no confundir tres cosas que se parecen pero no lo son:
- Seguro de convenio colectivo sectorial: obligatorio, deriva del convenio de tu CNAE.
- Seguro de accidentes voluntario: complementario, lo contratas por decisión propia para ampliar capitales o incluir accidente 24h (dentro y fuera del trabajo).
- Póliza colectiva de salud o vida de empresa: retribución flexible, nada que ver con la obligación de convenio.
El primero se rige por la Ley de Contrato de Seguro (Ley 50/1980) y la supervisión corresponde a la DGSFP. Los otros dos son voluntarios y no te libran de contratar el de convenio.
Cómo saber qué capitales exige tu convenio
Aquí no hay atajo: hay que leer el convenio. Cada sector fija sus propios importes y suelen actualizarse en cada renovación. Algunos ejemplos habituales que verás en la práctica (siempre orientativos, verifica el texto vigente en el BOE):
- Hostelería: capitales que suelen moverse entre 20.000 y 40.000 € por fallecimiento e invalidez absoluta.
- Construcción: cifras más altas por siniestralidad, con capitales que en muchos convenios provinciales superan los 50.000 €.
- Comercio y oficinas: capitales moderados, en la horquilla de 15.000-30.000 €.
- Transporte por carretera: capitales elevados, con extensiones a accidente in itinere.
Si no lo tienes claro, tu gestoría laboral o un corredor de seguros colegiado te dirán qué convenio te aplica y qué artículo del articulado recoge la obligación aseguradora.
Mapfre vs Generali: las dos referencias del mercado español en convenios
En España, el mercado de convenios colectivos lo dominan dos aseguradoras con producto específico, red de mediadores y experiencia en gestión de siniestros laborales: Mapfre y Generali. Hay más players (Allianz, Zurich, Catalana Occidente), pero para pymes de 5 a 50 trabajadores el pulso real se juega entre estas dos.
Mapfre Convenios Colectivos
Mapfre lleva décadas en este ramo y su ventaja es la red: cualquier corredor español trabaja con Mapfre y las oficinas están en todas las provincias. Tramitación de siniestros ágil cuando hay peritaje médico de por medio, y flexibilidad para ajustar capitales al alza si quieres cubrir por encima del convenio. Para mi gusto, su punto flojo es el precio en sectores de baja siniestralidad: no siempre es la más barata para una oficina de servicios profesionales.
| Característica | Mapfre Convenios Colectivos |
|---|---|
| Capitales estándar | Ajustables al convenio (desde 20.000 € hasta 100.000 €+) |
| Coberturas | Fallecimiento e invalidez por accidente laboral; ampliable a 24h |
| Ámbito territorial | Nacional, con extensión europea opcional |
| Vía de contratación | Agencia Mapfre o corredor multi-compañía |
| Prima orientativa por trabajador/año | Desde 25-45 € (oficinas) hasta 90-150 € (construcción) |
| Regularización | Anual por plantilla media declarada |
Generali Accidentes Convenio
Generali suele ser más competitiva en primas para sectores de riesgo medio-bajo y tiene un producto muy pulido para pymes con plantilla estable. Su gestión digital de altas y bajas de trabajadores está por delante de la media —algo que un responsable de RR.HH. agradece cuando la rotación es alta—. Eso sí, en sectores de alta siniestralidad (construcción pesada, industria química) las condiciones se endurecen bastante.
| Característica | Generali Accidentes Convenio |
|---|---|
| Capitales estándar | Adaptados al convenio sectorial aplicable |
| Coberturas | Fallecimiento e invalidez permanente por accidente laboral |
| Ámbito territorial | Nacional; extensiones opcionales |
| Vía de contratación | Agencia Generali o corredor |
| Prima orientativa por trabajador/año | Desde 22-40 € (comercio) hasta 80-140 € (construcción) |
| Gestión de altas/bajas | Portal online con actualización mensual |
Horquillas de prima por sector CNAE
Los precios varían muchísimo según la peligrosidad estadística del sector. A modo de referencia orientativa:
- Oficinas y servicios profesionales: 20-45 € por trabajador/año.
- Comercio minorista: 25-50 €.
- Hostelería: 40-70 €.
- Transporte y logística: 60-110 €.
- Construcción: 90-180 € (según especialidad).
- Industria manufacturera: 50-120 €.
Estas cifras son puramente orientativas y dependen del capital asegurado exigido, del histórico de siniestros de la empresa y de la ubicación geográfica. Un mismo restaurante paga distinto en Madrid capital que en un pueblo de 2.000 habitantes.
Tabla resumen comparativa con puntuación
| Aseguradora | Red mediación | Precio sectores bajo riesgo | Precio sectores alto riesgo | Gestión digital | Flexibilidad capitales | Puntuación global |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Mapfre Convenios Colectivos | 10/10 | 7/10 | 9/10 | 7/10 | 9/10 | 8,4/10 |
| Generali Accidentes Convenio | 8/10 | 9/10 | 7/10 | 9/10 | 8/10 | 8,2/10 |
Veredicto por perfil de pyme
- Pyme de servicios (asesoría, agencia, consultoría, 5-15 empleados): Generali suele ganar por precio y agilidad digital.
- Pyme de hostelería o comercio (10-30 empleados con rotación): Generali por la gestión de altas/bajas, salvo que tu corredor te consiga mejor prima con Mapfre.
- Constructora o industria de riesgo alto: Mapfre, por experiencia en siniestros complejos y red pericial.
- Pyme con plantilla dispersa por varias provincias: Mapfre gana por presencia territorial.
- Empresa que quiere ampliar capitales muy por encima del convenio: cualquiera de las dos, pero pide oferta a un corredor multi-compañía en lugar de ir directo a una agencia.
Checklist antes de firmar
- Identifica el convenio colectivo aplicable y el artículo que fija los capitales.
- Comprueba que la póliza cubre exactamente esos capitales o superiores.
- Verifica si incluye accidente in itinere (algunos convenios lo exigen).
- Confirma la fórmula de regularización de prima (por plantilla media o por altas/bajas).
- Comprueba la solvencia de la aseguradora en el registro público de la DGSFP.
- Si dudas, contrata a través de un corredor colegiado: te compara varias compañías y responde de su asesoramiento.
Para pymes con estructura societaria más compleja puede interesarte revisar también cómo se articula el seguro obligatorio y voluntario del autónomo societario, porque el administrador suele quedar fuera del convenio y necesita cobertura aparte.
Exclusiones típicas que debes conocer
- Accidentes ocurridos bajo efectos del alcohol o drogas.
- Actos dolosos del trabajador o autolesiones.
- Prácticas deportivas de riesgo fuera del ámbito laboral (salvo póliza 24h ampliada).
- Enfermedad común (esto lo cubre la Seguridad Social, no el seguro de convenio).
- Siniestros preexistentes no declarados.
Y una advertencia final: el seguro de convenio no sustituye a la cobertura de accidentes de trabajo de la mutua colaboradora con la Seguridad Social. Son cosas distintas y complementarias. Si tienes dudas específicas sobre tu caso, consulta con un mediador colegiado o directamente con la DGSFP.
FAQ
¿Qué pasa si no contrato el seguro de convenio siendo obligatorio?
Respondes con el patrimonio de la empresa ante el trabajador o sus herederos por el capital que el convenio exigía. Además, en caso de inspección de trabajo puede acarrear sanciones administrativas, y en juicio laboral el juez suele condenar al pago íntegro más intereses del artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro.
¿La prima del seguro de convenio es deducible en el Impuesto sobre Sociedades?
Como norma general sí, al tratarse de un gasto obligatorio derivado de la relación laboral. Pero la casuística fiscal puede tener matices según la modalidad contratada; consulta con tu asesor fiscal para tu situación concreta.
¿Puedo contratar un solo seguro para varios convenios distintos si tengo trabajadores de diferentes categorías?
Sí. Tanto Mapfre como Generali permiten pólizas con distintos colectivos y capitales dentro del mismo contrato, siempre que se identifique correctamente el convenio aplicable a cada grupo de trabajadores.
¿Cómo se regulariza la prima si mi plantilla cambia durante el año?
Lo habitual es una regularización anual sobre plantilla media declarada, con anticipo de prima al inicio del ejercicio y ajuste al cierre. Algunas compañías —Generali entre ellas— permiten regularización mensual vía portal, lo que va bien si tienes rotación alta o contratación estacional.
